Modernizan la organización y el funcionamiento de los departamentos
17 de Febrero de 2022
Con el fin de establecer el régimen político y administrativo que rige a los departamentos como entidades territoriales, autónomas y descentralizadas, el Congreso de la República, mediante la Ley 2200, del pasado 8 de febrero, dictó normas tendientes a modernizar su organización y funcionamiento.
De acuerdo con la disposición, los departamentos se regirán, entre otros, por los principios de descentralización, coordinación, concurrencia, complementariedad, autonomía, subsidiariedad, sostenibilidad fiscal territorial, desarrollo sostenible, cohesión territorial, planeación y prospectiva territorial, reconocimiento de la diversidad y solidaridad y equidad territorial.
En cuanto a la creación de nuevos departamentos, el texto indica que, mediante ley, se podrá decretar su formación y el deslinde de las entidades territoriales existentes. Así mismo, se definirán los límites dudosos y se solucionarán los conflictos limítrofes teniendo en cuenta los estudios normativos, los estudios técnicos y las características culturales de la comunidad.
En estos términos, se concede al Ministerio del Interior un plazo de 12 meses para que, con la participación de los departamentos representados a través de la Federación Nacional de Departamentos, presente al Congreso de la República un proyecto de ley que establezca los requisitos para la creación de nuevos departamentos.
Sesiones no presenciales
La nueva ley establece que cuando la mesa directiva de la asamblea departamental por acto motivado declare que, por razones de orden público, emergencia sanitaria, intimidación, amenaza, fuerza mayor o calamidad pública, no sea posible que sus miembros concurran a la sede habitual, estos podrán participar de las sesiones de manera no presencial o mixta.
Para ello, los miembros podrán deliberar y decidir por comunicación simultánea o sucesiva, utilizando para el efecto los medios tecnológicos en materia de telecomunicaciones que estén a su alcance o que les brinde o facilite el gobierno departamental. Estas sesiones deberán mantener el cuórum respectivo, así como garantizar la deliberación y votación, según el caso.
Diputados
La nueva ley mantiene el periodo de cuatro años para los diputados, quienes serán elegidos popularmente y tendrán la calidad de servidores públicos. Para ser diputado se requiere ser ciudadano en ejercicio, haber residido en la respectiva circunscripción electoral durante los 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la elección o durante un periodo mínimo de tres años consecutivos en cualquier época, debidamente certificado por autoridad competente.
Para ser elegido diputado en el departamento del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, se requiere, además de los requisitos mencionados, ser residente del departamento conforme a las normas de control de densidad poblacional y tener residencia en la respectiva circunscripción por más de 10 años, cumplidos con anterioridad al primer día del periodo de inscripción.
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